23/10/13

La Junta inicia dos expedientes para la expropiación del uso de viviendas en Motril y Huétor Vega




El BOJA publica hoy el inicio de los procedimientos para la expropiación temporal de uso de los inmuebles en los municipios granadinos




La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha comenzado a tramitar dos expedientes de expropiación temporal de uso de sendos inmuebles de la provincia de Granada, concretamente en los municipios de Motril y Huétor Vega, después de que las familias presentaran las correspondientes solicitudes y la documentación exigida para acogerse a la Ley para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. Con su publicación hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se someten a información pública dichos expedientes, que elevan a cuatro los iniciados en la provincia de Granada, siendo para el conjunto de la Comunidad autónoma un total de 22, de los que ya se ha culminado uno en Huelva con la aprobación definitiva de la expropiación temporal.



El delegado territorial de Fomento y Vivienda en Granada, Manuel Morales, ha informado que el anuncio en BOJA de los expedientes constituye el paso inicial del proceso de expropiación temporal del uso, que es de aplicación a los inmuebles en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos. Una vez realizada esta publicación, las sociedades titulares de las viviendas y demás interesados disponen de un plazo de 15 días para presentar alegaciones.



Las viviendas en cuestión están situadas en la calle Juan de Dios Fernández Molina, 8, 1º H de Motril y en la calle Virgen del Rosario, 32 de Huétor Vega, ambas en la provincia de Granada. Manuel Morales ha explicado que se trata de inmuebles en los que residen “familias en especiales circunstancias de emergencia social que, gracias a Ley de Función Social de la Vivienda, tienen ahora una oportunidad de permanecer en sus hogares durante tres años”. Morales ha afirmado que la Ley influye a favor de las familias en todos los procesos de desahucio, al obrar un efecto disuasorio en la entidad financiera, ya que establece sanciones para viviendas vacías, así como la posibilidad de expropiación del uso. "El alcance de la Ley es ilimitado, como ilimitada es el compromiso del Gobierno andaluz contra los desahucios", ha señalado Morales.

Así, la Ley de la Función Social de la Vivienda establece como requisitos para aplicar esta medida excepcional de la expropiación temporal del uso pueda generar una situación de exclusión social, acreditada por los servicios sociales de los ayuntamientos; que las condiciones económicas de las personas hayan sufrido un importante menoscabo y una situación de endeudamiento sobrevenido respecto a las condiciones y circunstancias en las que se concedió el préstamo; que los afectados tengan en la vivienda objeto del procedimiento hipotecario la residencia habitual y permanente y que la finalidad del préstamo sea el pago de la casa. El deterioro de las condiciones económicas familiares toma como referencia que el esfuerzo para atender la hipoteca se haya multiplicado al menos por 1,5 y suponga más de un tercio de los ingresos familiares. Las personas que se beneficien de esta iniciativa no podrán superar tres veces el Iprem (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples).

“Con la expropiación temporal del uso de la vivienda damos solución inmediata al problema de los desahucios, contra los que la Consejería de Fomento y Vivienda ha desplegado una fuerte ofensiva a través de las oficinas del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda, a las que las familias pueden dirigirse para solicitar protección, asesoramiento y mediación para proteger su derecho a la vivienda”, ha subrayado Morales.

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